18/09/2019
QUIENES DEBEN FACTURAR CON IMPRESORAS FISCALES!.
-
En la línea del post anterior, te debíamos está información, partiendo de las distintas formas de facturar que tenemos disponible en Venezuela, surge la pregunta ¿Cual es la forma correcta en que debo facturar en ?🧐.
-
La normativa que rige la materia es la Providencia Administrativa SNAT/2011/00071. Si deseas leerla a fondo, la puedes conseguir en Internet o solitaria al DM.
-
En este orden de ideas enumeramos brevemente las razones por las cuales debes facturar con un equipo de impresión fiscal:.
-
1) Están obligados las personas naturales o jurídicas que cumplan de manera concurrente (al mismo tiempo) estas condiciones:.
a) ingresos anuales de más de 1500 UT.
b) vendan bienes o servicios en su mayoría, a sujetos que no sean contribuyentes que determinen el ISLR o IVA.
c) que realicen las actividades enumeradas en el artículo 8 de la ya nombrada providencia.
-
2) Estás también obligado a utilizar un equipo fiscal de igual manera e indiferentemente de que cumplas o no con la primera de las condiciones arriba descritas, si tú negocio es de: comida, bebidas; tales como restaurantes, bares, cantinas, panaderías, cafés o similares.
-
3) Otra de las características que te obliga: es que hayas iniciado operaciones después del 8 noviembre de 2011, aunque no cumplas con la condición "a", pero necesariamente si con la condición "b" antes descrita.
-
Debes saber que también puede ser de tu elección facturar con las máquinas fiscales si así lo deseas, aunque no estés obligado, pero una vez comiences a operar de esta manera estarás obligado hacerlo siempre, salvo las excepciones que existen.
-
De cualquier manera siempre te recomendamos que cuando vayas a iniciar operaciones te asesores con un especialista en la materia tributaria (abogado o contador), ellos sabrán orientarte.
-