02/12/2025
🗣️Indecopi: Ningún negocio puede reproducir música de Spotify o YouTube 🎶🚫
A raíz de una resolución reciente de , muchos nos preguntan: ¿qué derechos deben pagar los negocios para reproducir música ambiental comercial vía streaming? 🤔
Existen dos tipos de derechos que deben cubrirse: los de ejecución pública y los de streaming.
Ejecución pública: permiten reproducir música en un ambiente abierto al público. En Perú se pagan a Apdayc (autores) y Unimpro (productores e intérpretes) 🎤📀
Derechos de streaming: son adicionales y NO están cubiertos a nivel comercial por plataformas como Spotify, YouTube o Apple Music. Estos se pagan mediante plataformas de streaming comercial, como la nuestra u otras disponibles en el mercado 💼📲
⚠️ Además, la música descargada tampoco cubre usos comerciales, salvo que se haya adquirido específicamente para ese fin.
Aquí la noticia de que originó la discusión: https://lpderecho.pe/bar-denunciado-reproducir-musica-spotify/
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