18/11/2019
Para los efectos del artículo 28 fracciones 1 y 2 del código se estarán a la siguiente con respecto a la “Contabilidad Electrónica”
A) Los documentos y la información que integran la contabilidad son:
1) Los registros y asientos contables auxiliares incluyen el catálogo de cuentas que se utilice para tal efecto, así como pólizas de dichos registros y asientos
2) Los avisos o solicitudes de inscripción al registro federal de contribuyentes, así como su documentación soporte.
3) Las declaraciones anuales, informativas y de pagos provisionales, mensuales, bimestrales o definitivos.
4) Los estados de cuenta bancarios y las cancelaciones de los depósitos o retiros respecto de los registros contables, incluyendo los estados de cuenta correspondientes a inversiones y tarjetas de débito y de crédito o de servicios del contribuyente
5) Las acciones, partes sociales, y títulos de crédito en los que sea parte el contribuyente
6) La documentación relacionada con la contratación de personas físicas que presten servicios personales subordinados, así como la relativa o su inscripción y registro o avisos relacionados en materia de seguridad social.
7) La documentación relativa a importaciones y exportaciones en materia aduanera y comercio exterior
8) La documentación e información de los registros de todas las operaciones, actos o actividades, las cuales deberán acentuarse conforme al sistema de control y verificación internos necesarios
9) Las demás declaraciones a que están obligados en términos de la disposición fiscales aplicables
B) Los registros o asientos contables deberán:
1) Ser analíticos y efectuarse en el mes en el que se realicen las operaciones, altas o actividades a que se refieren a mas tardar dentro de los cinco días siguientes ala realización de la operación acto o actividad