14/10/2022
Reformas a la LEY DE IVA. No más CONSUMIDOR FINAL (CF)
El Ministerio de Finanzas Públicas, mediante el acuerdo gubernativo 245-2022, emitió las reformas al reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Según indica uno de los considerandos del acuerdo, esto obedece a que se deben de mejorar y simplificar “los procedimientos y sistemas que faciliten a los contribuyentes el cumplimiento voluntario de sus obligaciones y a la SAT incrementar la eficiencia mediante la implementación de los debidos controles administrativos”.
Reformas a Ley de IVA
Entre las reformas más notorias publicadas se encuentra el inciso nueve del artículo 1, que a su vez reforma al artículo 30 “Requisitos”.
NIT o DPI: Si el documento no tiene el Número de Identificación Tributaria (NIT) se consignará el Código Único de Identificación (CUI) del Documento Personal de Identificación (DPI).
Podrán consignarse las palabras consumidor final o las siglas “CF” únicamente en documentos que acrediten ventas o servicios inferiores a Q2,500 quetzales; y en documentos que acrediten la prestación de servicios básicos de consumo de agua potable, energía eléctrica y telefonía inferiores a Q500 quetzales.
Consumidor final “CF”
Al respecto de la emisión de facturas como “consumidor final/CF”, la SAT dio a conocer en marzo de este año que detectó más de Q112 mil millones de facturación condicho registro.
El Superintendente Marco Livio Díaz Reyes dijo en aquella oportunidad que el 71% de las Facturas Electrónicas en Línea (FEL) emitidas en el 2021 fueron registradas como “consumidor final”, en vez de un NIT asociado a una persona individual o jurídica.