07/08/2026
⚠️ Sufrir un ciberataque no elimina la responsabilidad de proteger los datos personales
La AEPD ha impuesto una sanción de 680.000 euros a Flexicar tras analizar una brecha de seguridad y la forma en que la empresa gestionaba los datos personales.
La resolución no se limita al ataque informático. También señala deficiencias relacionadas con:
🔐 la integridad y confidencialidad de la información
🛡️ las medidas de seguridad aplicadas antes del incidente
📄 la información sobre los plazos de conservación
🗃️ la protección de los datos bloqueados
👤 la gestión de datos de clientes potenciales
La sanción se distribuye en:
• 400.000 euros por vulnerar la integridad y confidencialidad
• 250.000 euros por medidas de seguridad insuficientes
• 30.000 euros por informar de forma inadecuada sobre la conservación
Una de las principales enseñanzas es que adoptar medidas después del ataque puede ser insuficiente. La empresa debe poder demostrar que evaluó previamente sus riesgos y que mantenía controles técnicos y organizativos adecuados.
Además, los datos recogidos mediante formularios de contacto también están protegidos por el RGPD, aunque la persona nunca llegue a contratar un servicio.
Las empresas deben definir:
✅ qué datos almacenan
✅ para qué los utilizan
✅ cuánto tiempo los conservan
✅ cómo atienden una solicitud de supresión
✅ cómo separan los datos bloqueados
✅ quién puede acceder a la información
✅ qué medidas protegen sus sistemas
Una política de privacidad genérica no sustituye a una gestión real y documentada de los datos.
En GHM Soluciones Informáticas ayudamos a coordinar el cumplimiento RGPD con la protección técnica mediante auditorías, endpoint, firewall, monitorización SIEM y procedimientos de respuesta ante incidentes.
📩 ¿Tu empresa puede demostrar cómo protege, conserva y elimina los datos personales?