23/08/2025
🔎 Las Verdaderas Listas Vinculantes para Colombia: Diferencia con Restrictivas, Inhibitorias y de Control.
En cumplimiento de la Ley 1121 de 2006 y de los compromisos internacionales, nuestro país no debe limitarse a contar listas como si la cantidad fuera el diferenciador, sino reconocer y aplicar las 4 familias de listas vinculantes que realmente son obligatorias:
1️⃣ Naciones Unidas → 5 listas principales (Al Qaeda, ISIS, Talibanes, Corea del Norte, Irán).
2️⃣ Estados Unidos → 2 listas: la FTO con 66 organizaciones y la SDN de OFAC.
3️⃣ Unión Europea – Organizaciones → 1 lista con 13 grupos, entre ellos Hamas, Hezbollah, ELN y Sendero Luminoso.
4️⃣ Unión Europea – Personas → 1 lista con 14 individuos identificados como terroristas.
📊 Total: 9 listas vinculantes = 98 elementos obligatorios que deben consultarse dentro de los sistemas de cumplimiento en Colombia (SAGRILAFT, PTEE, SARLAFT transporte, entre otros).
⚠️ Importante: Las listas vinculantes son obligatorias por ley. En cambio, las restrictivas, inhibitorias y de control no tienen carácter obligatorio, pero sí generan alertas clave en un enfoque basado en riesgo, ayudando a determinar si es prudente o no establecer relaciones comerciales, contractuales o personales con determinadas contrapartes.
💡 En nuestro blog explicamos en detalle estas diferencias y cómo gestionarlas para fortalecer la integridad corporativa y la prevención de delitos financieros:
es fundamental distinguir entre listas vinculantes, listas restrictivas, listas inhibitorias y listas de control, e identificar cuáles son las verdaderas listas que Colombia debe aplicar de manera obligatoria en virtud de sus compromisos internacionales y de su legislación interna, sin dejar de la...