31/03/2020
Buenas tardes a todos y todas.
En relacion a todas las circulares y decretos espedidos por la CRC, el TIC y la SIC nos permitimos dar el siuinte resumen de las actuaciones legales por ley mientras dure la emergencia sanitaria y las medidas de obligatorias del gobierno nacional de quedarse en Casa.
1. El servicio de televisión que prestamos como cable mio esta enmarcado como Servicio Esencial y por eso estamos en las excepciones de orden publico por tal motivo se puede salir a realizar instalaciones, mantenimientos, repartir facturas y realizar los respectivos cobros ya que por sus características debemos de seguir funcionando, pero no por que es un servicio sea esencial , significa que se presta gratuitamente.
2. Los servicios móviles que son hasta 2 UVTS que son unos $ 72.000 pesos no se podrán cortar y los de mayor valor se sobreentiende que deben de tener una mayor capacidad de pago por lo tanto si se puede cortar. (ojo servicios Móviles de voz y datos) no aplica para Televisión o internet fijo.
3. Que como nuestro servicio es esencial solo se podrá realizar el corte de señal después del vencimiento de la segunda factura, por tal motivo no se podrá generar ningún interés moratorio o cobro por reinstalación del servicio de televisión solamente.( ojo solo Televisión).. se debe de agotar la fecha de vencimiento de la segunda factura por lo cual con un mes de mora no se puede cortar el servicio.
4. La CRC del 26 de marzo la resolución 5951 donde dice en ningún caso implica la condenación de deudas que los usuarios le deban al proveedor, por lo tanto no es gratis el servicio de televisión ni de internet fijos.
5. Los sistemas que ofrecen internet básico fijo no se podrá cortar el servicio si no hay una segunda factura y vencido el tiempo de 60 dias, pero lo que si se puede hacer es reducir la velocidad del plan hasta 540 k de velocidad para que funciones su Whasapp y no el servicio de Neflix por dar un ejemplo.
6. Los sistemas podrán entregar y repartir facturas en sus municipios siempre que el encargado de repartir las factures cuente con las protecciones mínimas de auto cuidado como Guantes, Tapabocas y Gel Anti bacterial y debidamente identificado o con uniforme de la empresa.
7. Los sistemas podrán ofrecer mecanismos de cobro, físico o electrónico para facilitar el cobro de sus cuentas.
8. Para el servicio de hoteles, podrán llegar a un acuerdo de solo cobrar el servicio básico y no cobrar las habitaciones, mientras dure la emergencia.
9. Podrán realizar convenios de pago con todos y cada uno de sus clientes mientras dure la emergencia sin cobro alguno de intereses de mora, a potestad del Gerente y el cliente para que permanezca dentro del sistema.
10. Todos y cada uno de nosotros deberán tomar las medidas que garanticen el funcionamiento y que no hayan deserción de suscriptores mientras dure la emergencia. Nos deberán de informar si reciben PQRS sobre que el servicio es gratuito, por que muchos lo están interpretando asi. Para darles tramite desde la oficina central.
Agradecemos de antemano su atención.