28/10/2026
🚨 ¿Multa de SUNAT por no tener glosa en los asientos contables?
La RTF N° 11379-10-2015 del Tribunal Fiscal aclaró que la falta o brevedad de la glosa no justifica automáticamente la sanción del Art. 175° Num. 2 del Código Tributario.
💡 Lo que importa: Si tu asiento tiene la información técnica (fecha, cuenta, montos) y la operación se sustenta con su documento fuente (factura, contrato, voucher), ¡tu registro es válido y puedes defenderte de una sanción!
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